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PEI DE EMERGENCIA SOCIAL

Son ayudas económicas de carácter extraordinario, destinadas a paliar las situaciones en que las personas se pueden encontrar afectadas por un estado de vulnerabilidad y/o de riesgo de exclusión social.


Es un requisito de acceso a estas ayudas no disponer de ingresos suficientes para afrontar los gastos derivados de la situación de emergencia, lo cual se tiene que acreditar por medio de la documentación que se establece por la Consellería.

Se consideran situaciones de emergencia las que originan gastos extraordinarios para cubrir necesidades específicas de carácter básico y urgente, como por ejemplo:

  • Gastos para suministros básicos energéticos.
  • Gastos imprescindibles para el uso de la vivienda habitual.
  • Gastos excepcionales en que concurran circunstancias de una necesidad social grave o urgente y que se consideran de interés para la atención de personas con una importante problemática.
  • Gastos destinados a cubrir necesidades básicas de la unidad familiar o de convivencia.
  • Gastos por desplazamientos en centros sanitarios para tratamientos médicos o para la ejecución de acciones de formación o de inserción laboral de personas desempleadas.

Para poder beneficiarse de dicho servicio se tiene que solicitar cita con la trabajadora social en el Centro Social Real Blanc a fin de que se valore la situación y la idoniedad o no de prestar el servicio.

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