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AYUDAS C'ACTIVA 2023

AYUDAS C'ACTIVA 2023

Programa C’ACTIVA – 2023 (Línea PYMES)

 

EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES EMPIEZA HOY DÍA 29 DE NOVIEMBRE HASTA EL 14 DE DICIEMBRE (AMBOS INCLUÍDOS)

 

CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE AYUDAS DESTINADAS A MINIMIZAR EL IMPACT ECONÓMICO QUE LA CRISIS ESTÁ SUPONIENDO SOBRE LAS PYMES, MICROPYMES, PEQUEÑOS EMPRESARIOS AUTÓNOMOS Y PROFESIONALES DEL MUNICIPIO DE COCENTAINA, EN EL CONTEXTO DE LA INVASIÓN DE UCRANIA POR PARTE DE RUSIA, FINANCIADAS POR LA EXCMA. DIPUTACIÓN DALICANTE, ANUALIDAD 2023

 

OBJETO DEL PROGRAMA. El objeto de la presente convocatoria es minimizar el impacto económico que la crisis está suponiendo sobre pymes, micropymes, autónomos y profesionales del municipio de Cocentaina, como medida de inyección económica para contrarrestar los efectos que estan sufriendo por la subida indiscriminada de los precios, los costes de explotación y los tipos de interés, de manera que se preserve su continuidad una vez se normalice esta situación.

 

BASES DE LA CONVOCATORIA

MEMORIA JUSTIFICATIVA

MANTENIMENT DE TERCERS

TRÁMITE SEDE ELECTRÒNICA

Cartel publicitario ayudas C'ACTIVA 2023 

 

DOCUMENTACIÓN QUE HABRÁ QUE PRESENTAR:

  • DOCUMENTACIÓN COMÚN: TANTO PARA PERSONAS FÍSICAS COMO JURÍDICAS, SOCIEDAD CIVIL, COMUNIDAD DE BIENES U OTRAS ENTIDADES ECONÓMICAS SIN PERSONALIDAD JURÍDICA:

a) Certificado actualizado de Situación Censal que indique la actividad económica con su fecha de alta, el domicilio fiscal y en su caso el del local de desarrollo de la actividad. 

b) Certificados actualizados de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias mediante certificado de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. En caso de que la entidad solicitante tuviese concedido un aplazamiento/fraccionamiento de deudas con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, deberá presentar el último certificado de carecer de deudas posterior a la concesión del aplazamiento/fraccionamiento.

c) Certificados de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social, mediante certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social. En caso de que la entidad solicitante tuviese concedido un aplazamiento/fraccionamiento de deudas con la Tesorería General de la Seguridad Social, deberá presentar el último certificado de carecer de deudas posterior a la concesión del aplazamiento/fraccionamiento.

d) Memoria / Cuenta Justificativa con la relación de gastos que justifican la subvención. Habrá de estarse a lo dispuesto en la Base 5ª sobre los conceptos subvencionables y la forma de justificación de cada uno de ellos. No se aceptarán los gastos que no se hayan cumplimentado en dicho modelo que se acompañe a la documentación requerida, debiendo corresponder con el periodo subvencionable.

e) Facturas justificativas de gastos y funcionamiento en general que tengan carácter corriente abonados entre el 1 de julio de 2022 y el 30 de junio de 2023, así como los justificantes de pago de cada una de ellas. Habrá de estarse a lo dispuesto en la Base 5ª sobre los conceptos subvencionables y la forma de justificación de cada uno de ellos.

f) Ficha de mantenimiento de terceros según modelo normalizado.

 

  • DOCUMENTACIÓN SÓLO PARA PERSONAS FÍSICAS

A la solicitud tramitada deberá acompañarse, además de la documentación establecida en el punto anterior de forma obligatoria, la siguiente documentación:

a) Informe de Vida Laboral actualizado.

 

  • DOCUMENTACIÓN SÓLO PARA PERSONAS JURÍDICAS, SOCIEDAD CIVIL, COMUNIDAD DE BIENES U OTRAS ENTIDADES ECONÓMICAS SIN PERSONALIDAD JURÍDICA

A la solicitud tramitada deberá acompañarse, además de la documentación establecida en el primer párrafo, la siguiente documentación:

a) Escritura de constitución y los estatutos de la persona jurídica actualizados, inscritos en el correspondiente Registro Mercantil o, en su caso, contrato de constitución de la sociedad civil, comunidad de bienes u otras entidades económicas sin personalidad jurídica.

b) Alta en el régimen de la Seguridad Social correspondiente de la persona administradora.

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